Obtención de permiso de trabajo para sus empleados extranjeros

Nuestros abogados de inmigración tienen conocimientos específicos sobre el tipo apropiado de visa, y podemos asesorarle de la mejor manera para conseguir el permiso que requieren sus empleados para trabajar en los Estados Unidos.

Las visas temporales que buscan nuestros clientes comerciales incluyen:

  • Visa H1B para trabajador profesional: las empresas pueden contratar trabajadores profesionales extranjeros por hasta seis años, y a veces por más tiempo. El puesto debe corresponder a una “ocupación especializada”, que requiere un cierto tipo de título universitario. El salario debe al menos coincidir con el “salario prevaleciente” que los estadounidenses ganan en la misma posición y en la misma área geográfica. La cuota anual de 85,000 trabajadores H1B se llena cada año, por lo que el momento de la solicitud es crucial.
  • Visa H-4 para dependientes de empleados H1B: el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) ha anunciado que está ampliando la elegibilidad para autorización de empleo a ciertos cónyuges H-4 dependientes de No Inmigrantes H-1B que ya han comenzado el proceso de búsqueda de empleo basado en el estatus de residente permanente legal.  Las personas elegibles incluyen cónyuges dependientes con visa H-4 de los principales trabajadores H1B que: (1) tienen un Formulario I-140 aprobado, correspondiente a la petición de inmigrante para trabajador extranjero, o; (2) se les ha otorgado el estatus H-1B más allá del límite de seis años.
  • Estudiantes Visa F-1: los estudiantes con una visa F-1 que estén terminando su programa académico pueden solicitar un permiso de trabajo de Capacitación Práctica Opcional (OPT) de 12 meses. Los estudiantes con títulos en programas STEM (ciencias, tecnología, ingeniería o matemáticas) que trabajan para empleadores que participan en E-Verify son elegibles para un permiso de trabajo OPT de 17 meses adicionales. Los estudiantes F-1 que aún trabajan en sus títulos pueden solicitar permisos de trabajo de Capacitación Práctica Curricular (CPT). En cualquier caso, se supone que el trabajo está directamente relacionado con el área principal de estudio del estudiante. El sitio web de CIS contiene información completa sobre los permisos de trabajo OPT y CPT.
  • Visa L-1 para empleados de alto nivel transferidos dentro de la misma compañía: las empresas estadounidenses pueden transferir empleados de alto nivel de sus filiales extranjeras para trabajar en los Estados Unidos. La visa L-1A es una categoría altamente ventajosa, ya que proporciona un camino acelerado a la residencia permanente en Estados Unidos.  El empleado debe ser un “gerente”, “ejecutivo” o una persona con “conocimiento especializado” que haya trabajado durante al menos un año en la empresa matriz, filial o filial extranjera de propiedad y control común de la compañía estadounidense y que venga a los Estados Unidos a desempañarse como gerente, ejecutivo o persona con conocimiento especializado.
  • Visa E-1 para comerciantes por tratado comercial: las personas extranjeras de los países que califican para esta categoría pueden residir en los Estados Unidos indefinidamente a través de la visa E-1 para comerciante por tratado.  El titular debe venir a los Estados Unidos con el único propósito de llevar a cabo un comercio internacional substancial, principalmente entre los Estados Unidos y el país de origen del comerciante.
  • Visa E-2 para inversionistas por tratado: los inversionistas extranjeros de los países que califican pueden residir en los Estados Unidos indefinidamente si compran una empresa existente o comienzan una nueva. La inversión debe ser una cantidad “sustancial” en función de la industria y la empresa involucradas. Sin embargo, la inversión puede no ser la única fuente de ingresos del inversor en Estados Unidos.
  • Visa O-1, para científico, artista, empresario o atleta con habilidades extraordinarias: una compañía puede contratar a personas con “desempeño superior” en un campo especializado. Por ejemplo, un centro de investigación o una universidad pueden contratar a un científico verdaderamente exitoso, o una escuela de arte puede contratar a un artista de alto reconocimiento o éxito comercial. El empleador debe documentar los logros y las credenciales de los empleados extranjeros en gran detalle a satisfacción del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
  • Visa R-1 para trabajador religioso: las casas de culto, las escuelas y otras organizaciones religiosas pueden emplear a ministros religiosos extranjeros, maestros y otros profesionales o trabajadores religiosos. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) requiere prueba de la buena fe religiosa del empleador patrocinador así como de la capacitación religiosa del trabajador extranjero. El USCIS inspecciona físicamente el lugar de trabajo del empleador antes de aprobar estos casos, lo cual puede causar demoras prolongadas antes de la aprobación.

Un abogado experimentado en nuestra estudio de abogados puede ayudarlo a determinar el tipo de visa de trabajo temporal adecuado a su situación.

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