Ajuste de status para la residencia permanente [Greencard]

Nuestro estudio de abogados puede ayudarle a adquirir su residencia legal permanente a la luz de su situación particular ya sea por medio de una visa laboral o una visa familiar. Una vez que tenga dicho estatus, usted es elegible para solicitar la ciudadanía estadounidense después de 5 años como residente permanente, o 3 años si su residencia legal permanente se obtuvo a través de su matrimonio con un ciudadano estadounidense.

Más información sobre la tarjeta verde en español aquí

Obtención de la residencia permanente en los Estados Unidos a través de un miembro de su familia

Un ciudadano estadounidense puede solicitar a su cónyuge, padres, hermanos e hijos.  La petición familiar del cónyuge, padre e hijos menores está disponible de inmediato, sin embargo, la solicitud de un hijo adulto puede demorar entre 5 y 7 años y para un hermano puede demorar entre 10 y 12 años.

Los residentes legales permanentes pueden solicitar su cónyuge e hijos. Ciertas categorías tienen fechas de prioridad que no están actualizada y pueden tomar más de un año o dos para procesar, a veces entre 5 a 7 años. Se recomienda hablar con un abogado antes de solicitar a los miembros de la familia que se encuentran en los Estados Unidos ilegalmente, e informarse sobre el período de tiempo que tal petición puede tomar y los riesgos para su familiar durante el tiempo de la tramitación.

Obtención de residencia permanente en los Estados Unidos (“tarjeta verde”) a través del empleo

Existen varias categorías basadas en el empleo que conducen a la residencia permanente en los Estados Unidos. Nuestros abogados de inmigración pueden ayudarlo a presentar su solicitud a través de la categoría apropiada de visa laboral con la mayor posibilidad de éxito:

• EB-1: Personas con “habilidades extraordinarias” en artes, ciencias, negocios o atletismo, “profesores o investigadores sobresalientes” o ejecutivos multinacionales.

• EB-2: profesionales con título avanzado o personas con “habilidad excepcional” en sus respectivos campos en áreas donde el Departamento de Trabajo ha certificado que no se dispone de trabajadores calificados en los Estados Unidos.

• EB-3: Trabajadores calificados, trabajadores no calificados o profesionales en áreas donde el Departamento de Trabajo ha certificado que no se dispone de trabajadores calificados en los Estados Unidos.

• EB-4: “inmigrantes especiales”, como empleados de la Organización Internacional (G-4) y sus familias, y trabajadores religiosos.

• EB-5: “empresarios” extranjeros que desean invertir entre $ 500,000 y $ 1,000,000 en los Estados Unidos para crear empleo para ciudadanos estadounidenses. Estamos afiliados a un abogado experto en visas EB-5, que podrá analizar su situación con usted.

Nuestro estudio de abogados puede responder a sus preguntas sobre la ley de inmigración para su negocio, ya sea que su organización esté en el sector privado, gubernamental, sin fines de lucro o educativo.

Estamos listos para ayudar a su empresa a lograr sus objetivos de personal que impone la tramitación de visas.  Si bien el proceso puede ser largo y complejo, le podemos ayudar a cumplir con los requisitos necesarios para emplear y contratar empleados extranjeros.

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